Ley de Segunda Oportunidad en España: requisitos y proceso

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La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal contemplado en el ordenamiento jurídico español que permite a personas físicas —particulares o autónomos— que se encuentran en una situación de insolvencia real liberarse de sus deudas cuando no es viable su cumplimiento con sus ingresos y activos disponibles. Esta normativa tiene como finalidad ofrecer una solución al sobreendeudamiento, permitiendo, en determinados supuestos, la exoneración total o parcial de las obligaciones pendientes.

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

La normativa está dirigida a personas físicas, ya sean particulares o trabajadores autónomos, siempre que se encuentre inmersas en una situación de insolvencia actual o inminente, y se cumplan los requisitos que la propia ley exige.


Requisitos para acceder a la Ley

Para poder acogerse a este procedimiento y aspirar a la exoneración de deudas, es necesario que el deudor cumpla una serie de condiciones establecidas por la legislación y valoradas por el órgano judicial correspondiente. Entre los principales requisitos se encuentran:

1. Actuar de buena fe
El deudor debe demostrar que ha actuado de buena fe en la gestión de sus obligaciones, lo que implica que no haya ocultado bienes o ingresos y que haya colaborado con las autoridades judiciales en todo momento. No puede haber incurrido en conductas fraudulentas ni haber sido condenado por delitos económicos relevantes en los últimos años.

2. Demostrar la situación de insolvencia
Debe acreditarse que la persona está en una situación de insolvencia —actual o inminente— en la que sus recursos económicos y patrimoniales son insuficientes para hacer frente al conjunto de sus deudas. Esta demostración se efectúa a través de documentación justificativa de ingresos, activos y pasivos.

3. No haber utilizado esta ley anteriormente en el plazo establecido
La Ley de Segunda Oportunidad no puede aplicarse de forma reiterada en un corto espacio de tiempo. La persona interesada no debe haber obtenido exoneración de deudas mediante este mecanismo en un periodo inferior al establecido por la normativa.

4. Aceptación de liquidación de bienes no esenciales
El procedimiento contempla la posibilidad de liquidar los bienes no esenciales del deudor para satisfacer parte de sus obligaciones. Excepcionalmente se pueden conservar aquellos bienes necesarios para asegurar una vida digna, como la vivienda habitual o el vehículo personal, siempre que se cumplan los requisitos que determine el juez.

5. Plan de pagos alternativo
En aquellos casos en que no se reúnen las condiciones para la exoneración total de deudas establecida por la ley, puede proponerse un plan de pagos a cinco años que adapte las obligaciones pendientes a la capacidad económica del deudor.

6. Intento previo de acuerdo con los acreedores
Aunque la normativa actual simplifica el trámite y no siempre requiere un intento de acuerdo extrajudicial, la valoración del comportamiento general del deudor, incluida la búsqueda de soluciones previas con los acreedores, suele formar parte de la evaluación judicial.


El proceso ante los tribunales

El procedimiento para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad se tramita a través de los Juzgados de lo Mercantil competentes y, en su caso, mediante la declaración de concurso de acreedores de la persona física. La solicitud se presenta ante el órgano judicial correspondiente y es analizada de forma individualizada para verificar el cumplimiento de los requisitos legales.

Según el estado del procedimiento y la situación patrimonial del deudor, el juez puede ordenar la liquidación de activos o aceptar un plan de pagos acorde con la capacidad económica del solicitante. La fase final del proceso es la exoneración de las deudas no satisfechas (conocida como BEPI, Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho), que implica la cancelación de las obligaciones que no pudieron ser pagadas una vez concluidas las fases previas.

La Ley de Segunda Oportunidad se configura como un instrumento jurídico relevante para aquellas personas físicas que atraviesan una situación de sobreendeudamiento insostenible. No obstante, su aplicación exige el cumplimiento de requisitos estrictos y una valoración judicial rigurosa. Por ello, contar con asesoramiento especializado es fundamental para evaluar la viabilidad de acogerse a este procedimiento y acompañar al interesado en cada fase del mismo.

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